El Gobierno nacional publicó el decreto en el Boletín Oficial. En los sellos deberá figurar “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, etcétera, según corresponda. Este miércoles, por medio del Decreto 121/2022 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó la llamada Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos Nº 27642, la cual establece que los alimentos y bebidas envasados cuya composición final de nutrientes críticos y valores energéticos excedan los valores establecidos en la norma, como por ejemplo azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales, calorías, deben incluir en la cara principal un sello de advertencia indeleble por cada nutriente crítico en exceso. En estos casos, entonces, en los sellos deberá figurar “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, etcétera, según corresponda. En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos...